Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley acuerda PRIMERO: Decretar la aplicación del procedimiento abreviado, de conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia, en concordancia a lo previsto en los artículos 372 numeral 2° y 375 del Código Orgánico Procesal Penal, contra el ciudadano: JOSE ARMANDO CONTRERAS ANAYA, venezolano, nacido el 29-05-58, titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.030.353 y residenciada en la Urb. La Florida, sector Aserradero, diagonal al pool de Calderón de esta ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, por la comisión de los delitos de: Amenaza y Violencia Psicológica, previsto y sancionado en los artículos 16 y 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en agravio de Bella Verónica Beltrán .....