ESTE TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO, DECRETA ORDEN DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD contra de los ciudadanos MARIO RAMIRO JIMENEZ MORA, titular de la Cédula de identidad N° V-14.565.188, JAVIER CONRADO CARDONA TOVAR, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.729.467 y DELFIN CIRILO SOLANO PEREZ, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.451.340, de conformidad con el artículo 44, ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 250 del texto penal adjetivo, debiendo ser presentado ante el Tribunal de guardia dentro de las 48 horas siguientes a la aprehensión.