En consecuencia, este Juzgado Tercero de Control de Primera Instancia en lo Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS a los imputados JUAN EDUARDO RAMIREZ GOMEZ, titular de la Cédula de Identidad 19.580.184, y KELVIN GREGORIO BOLIVAR, titular de la Cédula de identidad Nº V-18.506.787, por el delito de LESIONES PERSONALES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, todo ello en virtud de lo establecido en el articulo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal.- Así se decide.- Líbrese los oficios y notificaciones respectivos.-