Se ratifica la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano Adrián Antonio Sánchez Silva, ya identificado, en virtud de que el imputado señala ante este Tribunal al rendir declaración tener dos domicilios, uno aquí y otro en la Ciudad de Cumana, lo que quiere decir que hay facilidad para que el acusado abandone el Estado Amazonas; además que nos encontramos en una zona fronteriza en donde es fácil el acceso al territorio Colombiano, también la magnitud del daño causado como es la afección en la salud física y mental de una niña de cuatro años de edad, de conformidad a lo establecido en los artículos 250 y 251 numerales 1° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.