Se Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contra el imputado: NELSON CRUZ BOHORQUEZ, antes identificados, por considerar que existe un hecho punible que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no esta prescrita. Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado antes citado es autor del delito de: CONTRABANDO, previsto y sancionado en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Aduanas. Del mismo modo, por cuanto no existe peligro de fuga, se le otorga medida cautelar al ciudadano: 1°) NELSON CRUZ BOHORQUEZ, de prohibición de salida del país y presentación los días 30 de cada mes por ante la Comando de la Guardia Nacional de San Fernando de Atabapo del Estado Amazonas, para lo cual se ordena librar las correspondientes comunicaciones a la ONIDEX y al Comando de la Guardia Nacional, conforme lo establecido en el artículo 256 ordinales 3° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal. 2°) Los ciudadanos: JHON FREDDY MURCIA RODRIGUEZ, C.C 17.221.965; LUIS HUMBERTO .....