En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Juicio del circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta el cese de las medidas cautelares a las que estaba sometido el ciudadano Alfonso Arquímedes del Hoyo Quinto, en el presente asunto seguido por la presunta comisión del delito de de homicidio culposo, establecido en el artículo 409 del Código Penal, en agravio del ciudadano Sixto Antonio Martínez (hoy occiso), conforme a lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.