Por todas las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL, EN FUNCIONES DE JUICIO, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano WILMER OSEAN INFANTE GUTIERREZ, de nacionalidad venezolana, titular de la Cedula de Identidad Nº 17.106.550, Estado civil Soltero, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, en fecha 16/06/1986, de 24 años de edad, de profesión u oficio Taxista, residenciado en Urbanización Andrés Eloy Blanco frente a las Residencias el Morichal, quien resultó ABSUELTO por la presunta comisión del delito de DETERMINADOR EN LA EJECUCION DEL DELITO DE HOMICIDIO AGRAVADO, previsto y sancionado en el único aparte del Artículo 83 del Código Penal, en relación a los artículos 405 y 407 ordinal 10 ejusdem, en perjuicio del adolescente DURMAN ALCIDES INFANTE GUTIERRE.....