Por todas estas razones, de conformidad con el artículo 173, del Código Orgánico Procesal Penal, este Juzgado en funciones de Juicio II, del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la solicitud de incorporación de nuevas pruebas interpuesta en fecha 18 de marzo de 2008, por el abogado, OSCAR JIMENEZ BRANDY, Defensor Público Quinto Penal, adscrito a la Unidad de Defensa Publica del Estado Amazonas, actuando en representación del Acusado, JAMES LEONARDO CARRERO PULIDO, suficientemente identificado.
Regístrese y publíquese. Notifíquese a las partes de esta decisión.