Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA PRESUNCIÓN DE ADMISIÓN DE LOS HECHOS de la demanda oral por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales, incoada por el ciudadano RICER ORLANDO PRIETO PERALES, venezolano, titular de la cédula de identidad número V-15.086.168, domiciliado en el Barrio Atabapo, cerca de la Cancha Deportiva, casa S/N, color blanca, Municipio Atures, Puerto Ayacucho, estado Amazonas, en contra de la entidad de trabajo RESTAURANT GRAN SHANGHAI, C.A., RIF J-503507322. En consecuencia se declara:
PRIMERO: Se condena a la parte demandada pagar a la parte demandante, la cantidad de QUINCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO BOLIVARES CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 15.388,99), por pago d.....