esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA INHIBICIÓN planteada por la abogada NINOSKA EKATERINA CONTRERAS ESPAÑA, Jueza 25º Accidental de Primera Instancia en lo Penal con funciones de Juicio del Circuito Judicial del estado Amazonas, en el asunto N° XP01-P-2008-000854, seguido a los ciudadanos Jair Padilla Torres, Perales Camico Rolando, y Francisco Javier Navas Azabache, por la presunta comisión de uno de los delitos de Robo Agravado, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con los artículos 83 y 416 ejusdem, en perjuicio de las ciudadanas Cristina Chipiaje González, y Yacelis Rodríguez.