DISPOSITIVA
Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, SUSTITUYE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD decretada en fecha 20/08/06 a la imputada YULI PAULIN MARIN, de Bogotá, de nacionalidad Colombiana, titular de ciudadanía colombiana N° 52.815.654, mayor de edad, natural de Bogotá Republica de Colombia, de 23 años de edad, soltera, de profesión futbolista, residenciado en Puerto Carreño, Republica de Colombia hija de Maria del Carmen Marín (V), por la presunta comisión del delito de CONTRA LA FÉ PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 319 del Código Penal Venezolano, por no ser presentada en tiempo hábil la acusación fiscal y en consecuencia se le impone Medidas Cautelares Sustitutivas de la Privación de la Libertad consistentes en: PRESENTACIÓN LOS DIAS LU.....