en virtud de lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Por considerar que existen causas graves que así lo justifican de conformidad con lo establecido en el articulo 230 del Código Orgánico Procesal Penal SE ACUERDA LA PRÓRROGA LEGAL solicitada por la representación fiscal, para el mantenimiento de la medida de privación judicial preventiva de la libertad decretada por el Tribunal de Control en contra del acusado de autos MAGDALENA MOLINA GUARNIZO, C.I. E-40.373.649, COLOMBIANA, nacida en ORTEGA TOLIMA COLOMBIA, de 47 años de edad, nacida en fecha 05-07-64, de ocupación u oficio comerciante, la cual tiene una estatura aproximada de 1.58, con un peso aproximado de 74 kilos, color de piel blanca, de contextura gruesa, cabello liso color amarillo ojos color café, la cual resi.....