En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO EN FUNCIÓN DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la solicitud de que se acuerde una medida cautelar menos gravosa sustitutiva de la libertad, interpuesta por el DEFENSOR PÚBLICO FLORENCIO SILVA MEDINA del acusado RONALD ALEJANDRO CHIRINO BLANCO, titular de la cedula de identidad Nº 22.932.017, de nacionalidad venezolano, natural de Ciudad Bolívar, fecha de nacimiento 02-06-1983, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio pescador, hijo de Arcenio Blanco (v) y de Milagro Chirino (v) residenciado en el barrio Santa Rosa, cerca de la familia Gómez casa sin numero, Puerto Ayacucho Estado Amazonas a quien se le acusa por el delito de Posesión, previsto y sancionado en el articulo 34 LOSSEP, detentación de Arma Blanca previsto y sancionad.....