ÉSTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Acuerda PRIMERO: RATIFICAR ORDEN DE CAPTURA, de fecha 30JUN2011, y traslado a la Casa de Formación Integral Amazonas, con las seguridades que el caso amerita, con todo el respeto a su integridad física y demás garantías fundamentales, donde deberán quedar recluidos, y se deberá informar de inmediato a este Tribunal de la fecha y hora de la captura, de los adolescentes 1°) IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; y 2°) IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para continuar con la averiguación penal que se le sigue en la etapa de la audiencia preliminar por la presunta comisión del delito de: OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES .....