Establecido lo anterior, este órgano jurisdiccional, ordena Notificar a: El Defensor del penado, Fiscal del Ministerio Público. De la misma forma, a los fines de garantizar la celeridad procesal en el presente asunto, líbrese oficio dirigido al Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales. Dirección de Rehabilitación y Custodia del Ministerio del Interior y Justicia, Igualmente deberá oficiarse a dicho órgano, a los fines de que determine la ubicación del lugar de reclusión de cumplimiento de la pena por el cual resultó condenado el citado penado; al Consejo Nacional Electoral, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio del Interior y Justicia, a la Oficina de Personal de la Administración Pública Nacional del Ministerio de Planificación y Desarrollo, División de Antecedentes penales y a la Comandancia General de la Policía del Estado. Asimismo, se ordena oficiar a la Dirección de Registros y Notarias del Ministerio Para el Poder Popular de la .....