este Despacho Judicial, a cargo de la Juez Unipersonal N° 02 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Revisión de Obligación de Manutención, la cual fue interpuesta por la ciudadana ROSA MARIA SOLANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.499.538, de ocupación obrera, domiciliada en la Urbanización San Enrique, séptima transversal, diagonal a la iglesia, casa No.318, de esta ciudad de Puerto Ayacucho, Municipio Autónomo Atures, Estado Amazonas, actuando en este acto en defensa de los intereses de los niños IDENTIDADES OMITIDAS, de diez (10) y cinco (05) años de edad, respectivamente, (Se omiten los nombres de los niños, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, .....