Este Tribunal Primero de Primera Instancia, en Función de Ejecución del Sistema de Responsabilidad Penal de Niños, Niñas y Adolescentes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y dándole cumplimiento al contenido del artículo 647, literales "A" y "E" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ACUERDA:
PRIMERO: REFORMAR el cómputo de la sanción de "LIBERTAD ASISTIDA", y por vía de consecuencia se reforma el cómputo de la sanción de "IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA", la cual debe cumplir el sancionado de autos, de forma sucesiva, quedando dicho cómputo bajo los siguientes términos:
COMIENZO DE LA SANCION DE "LIBERTAD ASISTIDA":
30 de Octubre del año 2009. (Fecha en la cual retomó sus presentaciones el joven adulto de autos) (Tomando en consideración que regularizó sus presentaciones por ante el Equipo Multidisciplinario desde el 30 de Octubre del año 2009, pero que debió haberlo hecho el día 09 .....