este TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Oída la solicitud del Ministerio Público, por la cual solicita se verifique el cumplimiento de las medidas impuestas, y en consecuencia de verificarse las mismas, se le debe decretar de conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplimiento de las medidas y en consecuencia se dicta EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA en cuanto a los imputados EMILIO JOSÉ LIRA MENDOZA y ELIS JOSÉ SALAZAR PARIAGUA, y se ordena el cese de las medidas impuesta por el Tribunal a los imputados EMILIO JOSÉ LIRA MENDOZA y ELIS JOSÉ SALAZAR PARIAGUA, por lo que quedan en plena libertad. SEGUNDO: Se ordena la separación de la continencia de la causa en cuanto a los otros imputados que no asisten al proceso, y se libre orden de cap.....