éste Tribunal Primero de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Acuerda: PRIMERO: Decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en los artículos 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niñas y Adolescentes, el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 Ejusdem, en la causa seguida contra (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, nacido en fecha 20/04/86, de 15 años de edad para el momento que ocurrieron los hechos, hijo de (IDENTIDAD OMITIDA) (df) y (IDENTIDAD OMITIDA) (v) y residenciado en el (OMITIDA), en virtud de los hechos ocurridos en fecha 25/11/2001, por denuncia interpuesta por la ciudadana Carmen Pérez, ante el Destacamento de Fronteras N° 91 Segunda Compañía de la Guardia Nacional, donde señaló: "Que aproximadame.....