Vale destacar que, si bien es cierto que en el libelo la demandante cita ciertos bienes inmuebles, del texto de dicho escrito no se desprende con claridad si tales bienes fueron adquiridos durante el matrimonio que, según dice, la unió con ANGEL CUSTODIO GARRIDO o en la "época en que (éste) estuvo casado con la ciudadana Clemencia López", circunstancia ésta que impide asumir que esos "otros bienes inmuebles" a los cuales se refiere la diligenciante son los que menciona en el libelo.
Por las razones antes expresadas, se niega la medida preventiva solicitada por la parte actora, y así se decide.