este Circuito de Protección de Niño, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: JHONNY ENRIQUE NOBLES OSPINO y YAJAIRA CECILIA DURAN, el primero Venezolano y la segunda Colombiana, mayores de edad, y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.203.369 y E-84.391.206, respectivamente, en consecuencia queda disuelto el vinculo conyugal que contrajeron en fecha veintiocho (28) de Octubre de dos mil seis (2006), por ante el Registro Civil del Municipio Atures del Estado Amazonas, y anotado bajo el acta Nº 156 de los libros de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese Despacho. Líbrese oficio. Expídanse las copias que las partes soliciten.
En cuanto a las instituciones Familiares, las mismas se regirán por los cuadernos de Incidencias, de la causa Nº 1023, que cursa por ante, .....