TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de calificación de aprehensión en flagrancia del ciudadano JEAN FRANCO DE PALMA VARELA, de nacionalidad venezolano, titular de la cedula Nº 23.646.932, (datos filiatorios omitidos por el tribunal), y LUIS ALFREDO DELGADO GARCIA de nacionalidad venezolano, titular de la cédula Nº -24.678668, datos filiatorios omitidos por el tribunal), por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana SAIDA LUZ SÁNCHEZ CHIPIAJE, de conformidad con lo establecido en el articulo 93 ejusdem.
SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente procedimiento se ventile por la vía del Procedimiento.....