Se impartió la HOMOLOGACION correspondiente, en las mismas condiciones expuestas por las partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y se ordena suspender la medida decretada en fecha 31MAR2008, y una vez que conste en autos el pago respectivo acordado entre las partes se ordenará el archivo de la presente causa. Así se decide.