Con base a las razones expuestas anteriormente, este Órgano Jurisdiccional a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso contenido en el articulo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y de conformidad con el articulo 206 del Código de Procedimiento Civil, declara nula las actuaciones contenidas en los folios 33 al 62 de la presente causa, realizadas desde el día 14 de noviembre de 2.005, hasta el día 17 de mayo de 2.006...