Se declara Sin Lugar la acción de amparo constitucional incoada por los abogados JOSE DOMINGO VAZQUEZ MANRIQUE, ADTHERELIVMAR GUTIEREZ y LUIS GONZALO BARRIOS PATIÑO, actuando en sus caracteres de apoderados judiciales de la ciudadana LEIRA MAGDALENA ALFONSO DE ROA, representante de las Sociedades Mercantiles FARMACIA DE JESÚS C.A., y FARMACIA SANTÍSIMA TRINIDAD C.A., por la presunta violación del derecho a la defensa y al debido proceso consagrados en el artículo 49 de la Constitución Nacional; contra la actuación administrativa (vía de hecho), realizadas por los ciudadanos MARÍA EUGENIA ACOSTA, Coordinadora de Drogas y Cosméticos, JHONNY LÓPEZ, Director Estadal de Salud y Desarrollo Social y LHIANEC THESCARIT, Sub-directora de Salud Ambiental y Contraloría Sanitaria, Adscritos al Ministerio de Salud y Desarrollo Social del Estado Amazonas, que conllevó al cierre temporal de las Sociedades Mercantiles Farmacia de Jesús C.A., y Santísima Trinidad C.A.