En razón de las consideraciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL UNIPERSONAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ACTUANDO EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se CONDENA a los ciudadanos JORGE LUIS RUIZ BRISUELA, titular de la cedula de identidad Nº 23.646.165, venezolano, sombrero estado Guarico, 09-10-1990, soltero, profesión u oficio, obrero, residenciado en simón Rodríguez, cerca de la cancha, casa s/n, casa de color blanco, sucia, de 23 años, y LUIS ENRIQUE CASTILLO CUELLO, titular de la cedula de identidad Nº 24.677.871, venezolano, nacido en fecha 14-02-1994, de 19 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio, estudiante y cumple servicios en la aviación, residenciado en barrio Simón Rodríguez, natural de Caicara del Orinoco, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión de los delitos de .....