Ahora bien, vistos y oídos los alegatos de las partes, la ADMISIÓN DE LOS HECHOS del imputado de autos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: Emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Sentencia de conformidad con lo establecido en los ordinales 6 y 8 del mencionado articulo 330 ejusdem, es decir, se acuerda la Suspensión Condicional del Proceso al ciudadano MANOEL CICERO DOS SANTOS, Titular de la Cedula de Ciudadanía Nº E.- 2.850.774, de nacionalidad brasiles, natural del Estado de Marañón, República Federativa del Brasil, de profesión u oficio vendedor ambulante, por cuanto no se admitió la Acusación por el delito de Aprovechamiento de cosas Provenientes del Delito, siendo sólo admitida dicha Acusación por el delito de ACTIVIDADES EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en e.....