este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, presentada por el Fiscal Quinto del Ministerio Público Abg. Luís Correa, por cuanto se encuentra evidentemente prescrita la acción penal, en el asunto seguido a la adolescente IDENTIDAD RESERVADA, por la presunta comisión del delito de Aborto Procurado, previsto y sancionado en el artículo 430 del Código Penal, todo de conformidad con lo preceptuado en los artículos 318, numeral 3°, en concordancia con el artículo 48, ordinal 8°, del Código Orgánico Procesal Penal, 108, numeral 5, del Código Penal, y 561 numeral "D" y 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, motivado a que la acción penal se ha extinguido.