Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Se declara Con Lugar la solicitud del Ministerio Público y se decreta la Aprehensión en Flagrancia y la aplicación del procedimiento especial, de conformidad con los artículos 93 y 94 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, en la causa seguida al ciudadano PEDRO ANTONIO MENDEZ GONZALEZ, de nacionalidad venezolano, titular de la cedula de identidad Nº 10.997.179, natural de Anaco, Estado Anzoátegui, lugar donde nació en fecha 30-07-1968, de 42 años de edad, estado civil soltero, de profesión u oficio de seguridad (vigilante), residenciado en el barrio san José detrás del mercado el pescado, de esta ciudad, Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, y en anaco en el barrio 23 de enero, ca.....