Esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Menores y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Amazonas de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado JOSE GREGORIO JORGE GUIA, quien actúa en su carácter de defensor del ciudadano OSWALDO LUCES RODRIGUEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.325.084; fundamentado en el artículo 452, numerales 2 y 4, del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión judicial pronunciada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal con funciones de Juicio de este Circuito Judicial, mediante la cual acordó CONDENAR al referido ciudadano por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, a cumplir la pena de ocho años de presidio.