Por los razonamientos que anteceden este Tribunal de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, actuando en sede
de Trabajo, se ABSTIENE de admitir la presente demanda de conformidad con lo previsto en el artículo antes transcrito. En consecuencia este tribunal se declara INCOMPETENTE por el territorio y declina la competencia en el Juzgado de los Municipios Atabapo y Manapiare de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas. Remítase el Expediente mediante oficio al Tribunal competente.
Así se decide en nombre de la República y por Autoridad de la Ley.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABOGº JUAN ANDRES MATTEY LIRA
LA SECRETARIA,
ABOGº GLADIS QUIÑONES
JAML/GQ/Esperanza.
Exp. Laboral Nº 2003-1.140