este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se pronuncia de la siguiente manera: Primero: ACUERDA: Modificar la medida Privativa Preventiva de Libertad, al ciudadano: JESUS ROBERTO INDRIAGO BLANCO, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 6.378.697, nació en fecha 26-03-1961, de 46 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Chofer de Gandolas, hijo de Jesús Indriago Blanco (v) y de padre Rosa Julia Blanco (v), consistentes en la contemplada en el ordinal 3° del articulo 256 del Código Orgánico Procesal Penal: 1) Presentación dos (02) veces por semana ante la unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, en el horario de 08:30 a.m. a 03:30 p.m., por la de presentación cada Quince (15) días; continuará cumpliendo: 2) prohibición expresa de acercarse a las victima.....