Capítulo III
DISPOSITIVA
Por las razones precedentes expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público y acepta la DESESTIMACIÓN DE LA CAUSA, seguida al ciudadano JAMES LEONARDO CARRERO PULIDO, anteriormente identificado, por cuanto el hecho objeto del proceso constituyen un delito donde tiene que procederse a instancia de parte agraviada, de conformidad con lo establecido en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal y de conformidad con el artículo 373 ejusdem se ordena la Libertad Plena del ciudadano.
Regístrese, notifíquese, asiéntese en el Libro Diario y remítase en su oportunidad legal a la Oficina de Archivo Judicial.-
El Juez
Abg, Manuel Gómez Brito.
La Secretaria
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