PRIMERO: Se declara CON LUGAR, la solicitud interpuesta por el ciudadano, abogado, ELIEZER HERNÁNDEZ QUIJADA, en su carácter de DEFENSOR PRIMERO PENAL, del ciudadano, SIMÓN ELADIO BLANCO, titular de la cédula de identidad N° V- 3.503.573.
SEGUNDO: Se autoriza Al penado antes mencionado para que proceda a efectuar sus presentaciones ante la Unidad de Alguacilazgo del Palacio de Justicia del Estado Bolívar ubicada en la referida ciudad con la misma frecuencia que efectúa en esta localidad, de la misma manera el penado mantendrá su residencia ubicada en la urbanización Agosto Méndez, casa signada A 1-3, Av San Salvador, Sector la Sabanita frente al galpón de la Plunrouse, Ciudad Bolívar, estado Bolívar y en caso de variar de residencia debe informarlo ante este Juzgado.
TERCERO: El Penado debe consignar constancia de residencia debidamente expedida por el Consejo Comunal del sector donde reside a fin de que le brinde la asistencia social necesaria para apoyar su proceso de .....