En virtud de lo anteriormente expuesto, este Servidor Judicial, de conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en aras de garantizar la integridad física de la beneficiaria en la presente causa, y con miras a ofrecerle lo más pronto posible la protección en el seno de una familia, decide:
1.- Revocar la medida de colocación familiar dictada a favor de la niña (identidad omitida), en el hogar de la ciudadana ZAIDA MARQUINEZ, Consejera de Protección del Municipio Autónomo Atures.
2.- Acordar la colocación familiar a favor de la niña (identidad omitida), en el hogar de la ciudadana TISBET JOSEFINA FIGUEREDO CARRASQUEL, por el lapso de CUARENTA Y CINCO (45) días, contados a partir de la presente fecha.
3.- Librar oficio a la Trabajadora Social adscrita a esta Sala de Juicio, a los fines de que realice la visita domiciliaria al hogar de la ciudadana TISBET JOSEFINA FIGUEREDO CARRASQUEL.
4.- Librar oficio al Cuerpo de Inv.....