Este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud presentada por el Ministerio Publico, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de los ciudadanos EGOCHEA PULIDO MARCOS ANTONIO, quien es de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 15.499.403, natural de Caracas, nacido el 12.06.1979, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio latonero, residenciado en el barro chaparralito, primera entrada, en el taller de latonería y pintura frente al CDT Amazonas y EGOCHEA PULIDO JUAN, por haberse extinguido la acción penal, de conformidad con lo establecido en el articulo 318 ordinal 3º en relación con el articulo 48 ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el articulo 110 en su primer .....