En razón a las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado de Primera Instancia en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA la LIBERTAD PLENA del ciudadano TOMAS ENRIQUE LUQUES NARVAEZ, venezolano, natural de Calabozo, Estado Guarico, nacido en fecha 10-07-1988, de 18 años de edad, de estado civil concubino, de profesión u oficio Artesano, portador de la Cédula de Identidad Nº 19.160.610, residenciado en la Urb. Ruiz Pineda, casa S/N de esta ciudad, Puerto Ayacucho, Municipio Atures, Estado Amazonas, por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en concordancia con el artículo 9 de la Ley sobre Arma y Explosivos, así como el delito de ASOCIACION, previsto y sancionado en el artículo 6 de la Ley Orgánica contra la delincuencia Organizada en con.....