Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación formulada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, contra el adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, natural del Estado Amazonas, nacido el día 24-08-90, de 17 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° (OMITIDA), de profesión albañil, estudió hasta 1er año de bachillerato, residenciado en la Urbanización José Antonio Páez, calle principal, frente al transporte Amazonas, casa S/N, color amarilla con blanco, teléfono N° 521-59-68, hijo de Rosa Marisela Mirabal Rodríguez (v) y José Ramón Lara (v), por el delito previsto y sancionado en el Articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia relativo a la VIOLENCIA FÍSICA. SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por el Representante del Ministerio Público, por ser és.....