TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ORDENA la CONTINUACION DEL PROCESO, todo de conformidad con el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento en que fue Acordada la Medida de suspensión Condicional del Proceso.
SEGUNDO: ACUERDA la REVOCATORIA DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, que le fue impuesta al referido acusado, todo de conformidad con los artículos 42, 44, 45 y 46.1 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento de los hechos.
TERCERO: CONDENA a JENNY DAMELIS LEAL PONARE, de nacionalidad venezolana, natural de la población de Valle de la Pascua, titular de la cédula de identidad Nº 15.822.898, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHÍCULOS ATOMOTORES, de conformidad con al articulo 03 de la Ley sobre el H.....