este Tribunal Único en Función de Ejecución para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: LA CESACIÓN DE LA SANCIÓN "LIBERTAD ASISTIDA" ", conforme al artículo 647.h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente que cumplía el Adolescente sancionado, (IDENTIDAD OMITIDA), De nacionalidad venezolana, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, lugar donde nació en fecha 15 de mayo de 1991, de diecisiete (17) años de edad, soltero residenciado en el (OMITIDA), hijo de (IDENTIDAD OMITIDA) (V) y (IDENTIDAD OMITIDA) (D) por el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal. tal como consta en la Resolución impuesta. Es todo. Terminó, siendo las 10:15 am., se Leyó y conformes firman