DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa, seguida a imputado DESCONOCIDO, por la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA PROPIEDAD, previsto y sancionado Código Penal, en perjuicio del ciudadano WILLIANS ALBERTO MONTILLA BENITEZ, por cuanto EL HECHO OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN NO SE REALIZÓ en concordancia con los artículos 318 ordinal 1° primer supuesto 48 ordinal 8°, y 323 del Código Orgánico Procesal Penal.