Este Tribunal Tercero de Control Acuerda PRIMERO: Califica la Aprehensión en Flagrancia y la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la ciudadana: CARMEN YOLANDA OLIVERO, por la comisión del delito de: TRAFICO DE DROGAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de La Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad, por considerar que están llenos los extremos contenidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, de la calificación de flagrancia. SEGUNDO: Se Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, contra la ciudadana, CARMEN YOLANDA OLIVERO, antes identificada, por considerar que existe un hecho punible que merece pena privativa de libertad y cuya acción penal no esta prescrita, de conformidad con lo establecido en los artícu.....