Este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley se Pronuncia de la Siguiente Manera: Primero: Se acuerda cambiar a la ciudadana NEYDA YARUSLAY MEDINA PATIÑO, portadora de la Cedula de Identidad N° V-15.304.918, el lugar de las presentaciones cada treinta días, por ante la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal de la Ciudad de Puerto La Cruz, estado Anzoátegui, quien deberá informar a este Tribunal, en forma mensual del cumplimiento de dichas presentaciones. Notifíquese y ofíciese a la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal de Puerto La Cruz, estado Anzoátegui. Segundo: Notifíquese a las partes del presente auto. Cúmplase.