Se DECLARA la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos existente entre los ciudadanos JOHN FRANKLIN GÁMEZ BRAVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.-V.-10.921.316, casado, de este domicilio y DENYS DE JESÚS VALLES DE GÁMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°.-V.-9.904.117, casada, con domicilio en esta ciudad de Puerto Ayacucho, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial por ellos contraído en fecha 16 de marzo de 1.996 por ante el Juzgado del Distrito Piar del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.