En razón de los hechos descritos, observa esta operadora judicial que el adolescente se encuentra bajo el cuidado de sus progenitores y no se amerita ningún pronunciamiento respecto a la Colocación Familiar, toda vez que existe un abandono del trámite iniciado. Por todas estas consideraciones, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara TERMINADA la presente causa y en consecuencia, ordena el archivo del expediente