Por lo antes expuesto, éste TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: Se DECRETA ejecutada la Sentencia sancionatoria de fecha 10 de Julio de 2013, dictada por el Tribunal de Control Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, a los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a cumplir las sanciones de PRIVACIÓN DE LIBERTAD por el lapso de un (1) año en la Entidad de Atención Amazonas, ubicada en la Urbanización Chaparralito de esta ciudad de Puerto Ayacucho estado Amazonas, tomando en consideración la fecha de la aprehensión de fecha 28/05/2013, feneciendo en consecuencia dicha sanción en fecha 28/05/2014, en virtud de los hechos ocurridos en fecha 28/05/2013, y de MANERA SUCESIVA la sanción de REGLAS DE CONDUCTA por.....