DISPOSITIVA por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones, actuando en sede Contencioso Administrativa, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara el CIERRE DEL EXPEDIENTE, en los términos expuestos, contentivo de la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano DIXON JOEL JARO ORTEGA, en contra del Instituto de Crédito y Asistencia al Transportista Amazonense, ello en virtud del cumplimiento por parte del órgano demandado de la sentencia proferida por esta Corte de Apelaciones, en fecha 17ENE2005. Y así se declara.