este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley CONDENA a la ciudadana MARLENYS GARRIDO MENARE, venezolana, natural de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, donde nació el 17-07-68, de 35 años de edad, de estado civil soltera, de oficio del hogar, titular de la Cédula de Identidad N° 10.921.917, hija de Elvia Menare (v) y Rogelio Garrido (f), domiciliada en Puente Cataniapo por el Fundo de Maniglia casa de Zinc, de esta ciudad, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS DE PRISIÓN, por ser autor responsable en la comisión del delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN SU MODALIDAD DE OCULTAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por ser autor responsable en la comisión de los delitos cometidos en las circunstancias de modo, tiempo.....