este Tribunal Primero de Responsabilidad Penal del Adolescente, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, Acuerda:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud interpuesta por la Defensa Pública Penal de este Circuito Judicial Penal, en fecha 06 de Octubre del año 2009 y en consecuencia se DECRETA EL CESE DE LA SANCION DE "SEMI - LIBERTAD", de conformidad con lo establecido en el artículo 647, en su literal "H" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en concordancia con lo estipulado en el artículo 645 ejusdem, del joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA) como autor del delito de Robo agravado en grado de complicidad, previsto y sancionado en el artículo 458, del Código Penal, en concordancia con el artículo 84 ejusdem, en la persona del ciudadano Moisés David Museri. SEGUNDO: Notifíquese al Fiscal Quinto del Ministerio Público,.....