En consecuencia este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la Aprehensión en Flagrancia, de conformidad con el artículo 93 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a vivir una vida libre de violencia, en concordancia con el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal del imputado Carlos Hernández Flores, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.948.198, natural de Puerto Ayacucho, estado Amazonas, de 42 años de edad de profesión u oficio Obrero, residenciado en la comunidad de San Antonio de Carinagua de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de violencia física prevista y sancionada en el artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a vivir una vida libre de violencia. SEGUNDO: Se acuerda continuar las investigaciones por el Procedimien.....